El Tribunal Superior Electoral (TSE) es la máxima autoridad en materia contenciosa electoral. Constituye un órgano de carácter autónomo con personalidad jurídica e independencia funcional, administrativa, presupuestaria y financiera, por consiguiente, no supeditado a organismo alguno del Estado. Tiene su sede en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, capital de la República Dominicana y ejerce su jurisdicción en todo el territorio nacional.
Su organización, funcionamiento y atribuciones se encuentran determinados por la Constitución de la República, según los artículos 214 y 215, así como por su Ley Orgánica Núm. 29-11 del 20 de enero de 2011.
Funciones:
De conformidad con la Constitución dominicana, el TSE tiene a su cargo:
- Juzgar y decidir con carácter definitivo sobre los asuntos contenciosos electorales y estatuir sobre los diferendos que surjan a lo interno de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos o entre estos.
- Dentro del período electoral, conocer de los recursos de apelación contra las decisiones adoptadas por las juntas electorales, así como de las impugnaciones y recusaciones de los miembros de estas.
- Ordenar la celebración de nuevas elecciones cuando hubieren sido anuladas, de conformidad con la ley.
- Conocer y decidir de los amparos electorales conforme a las reglas constitucionales y legales y sobre las rectificaciones de Actas del Estado Civil que tengan un carácter judicial.
Integración del Tribunal:
El Tribunal está integrado por cinco jueces electorales, cada uno con un suplente, los cuales son nombrados por el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), que a su vez designa quién ocupará la presidencia; todos por un período de cuatro años, pudiendo ser reelectos.
Requisitos para ser juez del Tribunal:
Para ser juez del Tribunal Superior Electoral se requiere:
- Ser dominicano de nacimiento u origen.
- Tener más de treinta años de edad.
- Estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos.
- Ser licenciado o doctor en derecho con no menos de 12 años de ejercicio profesional, de docencia universitaria del derecho o de haber desempeñado, por igual tiempo, funciones de juez dentro del Poder Judicial o representante del Ministerio Público.
- Haber realizado estudios en asuntos electorales o en derecho público.
Para ser suplente se requieren los mismos requisitos que para ser juez titular.
La función de juez titular es a tiempo completo y de dedicación exclusiva, incompatible con cualquier otra función, excepto con la docencia, de conformidad con la ley.
Misión:
Garantizar el ejercicio de los derechos políticos electorales de las personas y decidir con transparencia, imparcialidad, eficacia y celeridad los conflictos contencioso electorales y los que surjan a lo interno o entre los partidos, movimientos y agrupaciones políticas; el juzgamiento de lo penal electoral y la rectificación de las actas del Estado Civil, promoviendo seguridad jurídica y consolidando el estado social y democrático de derecho, consagrado por la Constitución de la República.
Visión:
Somos una institución confiable, independiente, autónoma y especializada, con altos estándares de calidad, que proporciona un servicio efectivo e idóneo, promoviendo una cultura de transparencia y compromiso con los valores democráticos para consolidar el sistema de partidos políticos y el respeto a los derechos político electorales de las personas en un régimen democrático.
Valores institucionales:
- 1. Transparencia: Permitiendo el acceso de la población a las informaciones producto de las decisiones y el quehacer institucional y promoviendo activamente una cultura de transparencia, cumplimiento y buen gobierno hacia lo interno de la institución.
- 2. Credibilidad: Honrando la confianza de la ciudadanía en las decisiones por su apego a la legalidad.
- 3. Integridad: Actuando siempre en consonancia con las normas éticas y morales.
- 4. Objetividad: Tomando decisiones apegadas al Derecho y a la Ley.
- 5.Excelencia: Asumiendo con calidad, eficacia y eficiencia todo nuestro accionar.
- 6. Cooperación: Desarrollando los procesos con una visión de equipo que auspicia un clima laboral de colaboración intra e interdepartamental.
- 7. Imparcialidad: Actuando con neutralidad dentro del marco de las leyes en todas las decisiones.
- 8. Honestidad: Comportándonos con rectitud y responsabilidad dentro del marco de la legalidad.
- 9. Verdad Jurídica: Ejerciendo la plena soberanía de los jueces al ejercer su fuero, sin subordinación y sin más sumisión que a la Constitución y al imperio de la ley.
- 10. Vocación de Servicio: Con procesos idóneos orientados a servir a la ciudadanía, y con una cultura comprometida con el servicio y con un alto sentido de pertenencia